Corte Constitucional congela acuerdo militar con Estados Unidos
Como muchos esperábamos, la Corte Constitucional tomó la decisión de devolver al gobierno nacional el polémico acuerdo militar firmado por la administración Uribe con el gobierno de los Estados Unidos, que permitiría a este último el uso de siete bases militares nacionales, para que "imparta el trámite constitucionalmente previsto para los tratados internacionales". La Corte establece que el Acuerdo no puede surtir efectos en nuestro ordenamiento interno hasta tanto no cumpla con dicho requisito.
La siguiente es una transcripción de la parte sustantiva contenida en la decisión de la Corte Constitucional:
El Acuerdo fue, entonces, devuelto al gobierno para que lo tramite a través del Congreso. La administración Santos aceptó la decisión de la Corte sin salir ante los medios a lanzar ofensas contra el sistema judicial, como acostumbraba su antecesor.
Es de esperarse que la coalición de gobierno consiga la aprobación del Acuerdo en el Congreso sin mayores contratiempos. Pero también puede esperarse que como resultado del debate parlamentario los colombianos conozcan la letra menuda del Acuerdo y su inconveniencia para la soberanía nacional y la seguridad regional.
Según un conocedor de este tema, como es el ex comandante de las FF.MM, general Freddy Padilla de León, si este Acuerdo debe tramitarse ante el Congreso colombiano es de suponerse que tendrá que surtir un trámite similar en los Estados Unidos, con lo cual puede esperarse la muerte del Acuerdo ya que no existe un ambiente favorable al mismo dentro de la bancada demócrata. Si el Acuerdo requiere la aprobación del Congreso de los Estados Unidos, sostiene Padilla, el Acuerdo se hunde allí.
De ser cierto el escenario planteado por Padilla, podría pensarse que Santos tendrá que sopesar nuevamente los costos y beneficios de tramitar el proyecto de Acuerdo en el Congreso. Ya no solo en el marco de la agenda de seguridad interna y de las relaciones bilaterales con los Estados Unidos, sino especialmente en el contexto de las relaciones con Venezuela y el resto de Unasur.
El Acuerdo, más que congelado, se encuentra en el limbo.
La siguiente es una transcripción de la parte sustantiva contenida en la decisión de la Corte Constitucional:
"2. Decisión.
Primero.- REMITIR al Presidente de la República el denominado “Acuerdo complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad entre los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de América”, suscrito en Bogotá el 30 de octubre de 2009, para que le imparta el trámite constitucionalmente previsto para los tratados internacionales.
Segundo.- DECLARAR que el denominado “Acuerdo complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad entre los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de América”, suscrito en Bogotá el 30 de octubre de 2009, no puede surtir efectos en el ordenamiento interno colombiano hasta tanto cumpla con el trámite constitucional previsto para los tratados en forma solemne, de conformidad con lo establecido en los artículos 150.16, 154, 157, 158, 160, 165, 224 y 241 numeral 10 de la Carta Política.
3. Fundamentos de la decisión.
3.1. La Corte Constitucional comenzó por precisar que en un Estado de Derecho, como el que reconoce la Constitución de 1991, no puede haber acto normativo que se sustraiga del control constitucional.
3.2. La Corte es competente para ejercer el control constitucional, tanto de los tratados internacionales como de sus leyes aprobatorias, de conformidad con lo previsto en el artículo 241, numerales 4 y 10 de la Constitución. En esta ocasión, asumió competencia para decidir las demandas ciudadanas de inconstitucionalidad, ante la posibilidad de que el acuerdo impugnado correspondiera materialmente a un tratado internacional.
3.3. Examinado el Acuerdo Complementario, la Corte constató que no se está ante un acuerdo simplificado sino frente a un instrumento que involucra nuevas obligaciones para el Estado Colombiano, así como una extensión de las adquiridas con anterioridad, por lo que debió ser tramitado como tratado internacional, esto es, sometido a la aprobación del Congreso de la República y revisado posteriormente por la Corte Constitucional.
3.4. Para la Corte, el referido Acuerdo involucra, entre otros, los siguientes compromisos: autorización para acceder y utilizar instalaciones militares por personal militar y civil extranjero; facultad de libre circulación de buques, naves, aeronaves y vehículos tácticos extranjeros por el territorio nacional, sin posibilidad de inspección o control por las autoridades nacionales; autorización para el uso y porte de armas en el territorio nacional por personal extranjero; extensión de un estatuto personal de inmunidades y privilegios diplomáticos para contratistas y subcontratistas así como personas a cargo del personal de los Estados Unidos; y la previsión de cláusulas indeterminadas en relación con la extensión y prórrogas del Acuerdo, las bases militares e instalaciones objeto del acceso y uso por el personal extranjero.
3.5. Al no haber surtido el trámite correspondiente ante el Congreso de la República, y por tratarse de un convenio integral, la Corte decidió la remisión del Acuerdo al Presidente de la República para que le imparta el trámite constitucional propio de los tratados internacionales.
3.6. En concordancia con lo anterior, la Corte consideró que al no haber sido aprobado mediante ley, el presente Acuerdo Complementario no puede surtir efectos en el ordenamiento interno de Colombia, hasta tanto no satisfaga dicha exigencia.
3.7. Esta decisión de ninguna manera implica un control material sobre la constitucionalidad de las cláusulas del Acuerdo, sino un examen formal del mismo, habiendo concluido que fue omitida la aprobación por el Legislador y la posterior revisión jurisdiccional.
3.8. El “Acuerdo Complementario para la Cooperación y Asistencia Técnica en Defensa y Seguridad entre los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de América”, suscrito en Bogotá el 30 de octubre de 2009, fue el único objeto del análisis de constitucionalidad. No incluye pronunciamiento alguno sobre la validez y eficacia de otros acuerdos de cooperación y asistencia en seguridad y defensa u otros acuerdos complementarios o simplificados pactados anteriormente con EE.UU. o con otros países. La Corte Constitucional precisa que las relaciones de ayuda, asistencia y cooperación entre Colombia y los Estados Unidos podrán regirse por los tratados, convenios y acuerdos simplificados o complementarios vigentes que los desarrollen, y que con anterioridad al 30 de octubre del 2009 se han venido aplicando".
El Acuerdo fue, entonces, devuelto al gobierno para que lo tramite a través del Congreso. La administración Santos aceptó la decisión de la Corte sin salir ante los medios a lanzar ofensas contra el sistema judicial, como acostumbraba su antecesor.
Es de esperarse que la coalición de gobierno consiga la aprobación del Acuerdo en el Congreso sin mayores contratiempos. Pero también puede esperarse que como resultado del debate parlamentario los colombianos conozcan la letra menuda del Acuerdo y su inconveniencia para la soberanía nacional y la seguridad regional.
Según un conocedor de este tema, como es el ex comandante de las FF.MM, general Freddy Padilla de León, si este Acuerdo debe tramitarse ante el Congreso colombiano es de suponerse que tendrá que surtir un trámite similar en los Estados Unidos, con lo cual puede esperarse la muerte del Acuerdo ya que no existe un ambiente favorable al mismo dentro de la bancada demócrata. Si el Acuerdo requiere la aprobación del Congreso de los Estados Unidos, sostiene Padilla, el Acuerdo se hunde allí.
De ser cierto el escenario planteado por Padilla, podría pensarse que Santos tendrá que sopesar nuevamente los costos y beneficios de tramitar el proyecto de Acuerdo en el Congreso. Ya no solo en el marco de la agenda de seguridad interna y de las relaciones bilaterales con los Estados Unidos, sino especialmente en el contexto de las relaciones con Venezuela y el resto de Unasur.
El Acuerdo, más que congelado, se encuentra en el limbo.










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